La introducción del R-32 es una clara respuesta a las medidas que fija la Unión Europea para reducir el impacto medioambiental. Y es que este gas usado en la instalación de aire acondicionado presenta varias ventajas respecto al R-410A.

  • Presenta mayor eficiencia energética. El gas R-32 vs R-410 permite trabajar con un 20-30% menos de carga de refrigerante dada su mayor eficiencia.
  • El R-32 es un refrigerante más ecológico, con un 70% menos de impacto en el calentamiento atmosférico.
  • Y, además, resulta más económico. El impuesto del gas R-32 es un 70% inferior, reduciendo los costes de la recarga de gas durante mantenimientos.

Para promover el uso de este refrigerante avanzado, el pasado 7 de diciembre de 2018 se aprobó el Real Decreto-ley 20/2018 que iguala las exigencias de instalación de equipos que usan el R-32 a las que había establecidas hasta ahora para los de R-410A.

Así, pues, igual que con el R-410A, los instaladores RITE y frigoristas nivel 1 ya pueden instalar equipos cargados con R-32 y, además, ya no existen diferencias administrativas entre los equipos cargados con uno u otro gas, sino que las obligaciones administrativas dependen únicamente de las cargas de gas de las mismas, tal como se puede observar en el cuadro resumen de abajo:

¿Qué es lo único que debes tener en cuenta como instalador para el R-32? Pues que, de acuerdo al Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas (RSIF), en función del tipo de unidad interior, se deberá considerar una carga máxima de refrigerante según la superficie a climatizar.